Ley de Escuelas Protegidas: ¿qué cambia y cómo se aplicarán las nuevas medidas de seguridad?

La Ley N.º 21.827, conocida como Ley de Escuelas Protegidas, fue publicada este miércoles 12 de agosto de 2026 en el Diario Oficial. La normativa busca prevenir hechos de violencia, reforzar la seguridad y fortalecer la autoridad de docentes y equipos educativos.
La actividad oficial fue encabezada por el Presidente José Antonio Kast y la ministra de Educación, María Paz Arzola, en la Escuela Nueva Zelandia de la comuna de Independencia.
¿De qué trata la nueva ley?
La normativa reconoce el derecho de toda la comunidad educativa a desarrollar sus actividades en un ambiente de respeto y seguridad. Ante hechos de violencia contra estudiantes, docentes o asistentes de la educación, las autoridades del establecimiento podrán adoptar medidas inmediatas, proporcionales y debidamente fundamentadas.
Entre sus principales disposiciones se encuentran:
Revisión de mochilas y pertenencias: los establecimientos podrán incorporar esta medida en sus reglamentos internos para evitar el ingreso de armas u objetos peligrosos.
No se permiten revisiones corporales: la ley prohíbe obligar a los estudiantes a desvestirse, revisar sus cuerpos o tocar las prendas que estén utilizando.
Respeto de los derechos del estudiante: las revisiones deberán resguardar la privacidad, la dignidad, la igualdad, la no discriminación y el debido proceso.
Personal capacitado: solamente funcionarios expresamente autorizados y capacitados podrán efectuar estos procedimientos.
Revisiones individuales excepcionales: deberán realizarse en un lugar privado, con la presencia permanente de al menos dos adultos del establecimiento y dejando un registro escrito.
La revisión no podrá ser forzada: si el estudiante se niega, se deberá contactar inmediatamente a su padre, madre o apoderado.
Protección especial: estudiantes con discapacidad, necesidades educativas especiales, condición del espectro autista, neurodivergencia o sensibilidad sensorial deberán contar con acompañamiento profesional, contención emocional y ajustes razonables.
Participación obligatoria de los apoderados: padres, madres o tutores deberán responder a las citaciones formales relacionadas con medidas disciplinarias, protocolos de convivencia o hechos de violencia. La participación también podrá ser telemática.
Medidas contra apoderados agresores: los reglamentos podrán establecer la suspensión temporal del ingreso al establecimiento de adultos que agredan física, verbal o digitalmente a funcionarios o estudiantes, sin afectar el derecho a la educación de sus hijos.
Identificación facial: los reglamentos deberán prohibir prendas o accesorios que impidan identificar el rostro, salvo razones de salud, religiosas u otras debidamente justificadas.
¿Se revisarán automáticamente las mochilas?
No. La ley no establece una revisión automática ni indiscriminada. Cada establecimiento deberá incorporar previamente la medida y su procedimiento en el reglamento interno, comunicarlo a la comunidad escolar y cumplir estrictamente las garantías establecidas.
Además, el Ministerio de Educación y la Superintendencia de Educación deberán entregar orientaciones para la correcta aplicación de las nuevas facultades.
Algunas disposiciones comenzaron a regir con la publicación de la ley, mientras que aquellas que exigen modificar los reglamentos internos solo podrán aplicarse una vez efectuados y comunicados esos cambios.
La Ley de Escuelas Protegidas busca entregar herramientas concretas para enfrentar la violencia escolar, pero su aplicación deberá equilibrar la seguridad de la comunidad con la protección de los derechos y la dignidad de niños, niñas y adolescentes.
Fuentes: texto oficial de la Ley N.º 21.827 publicado en el Diario Oficial y Ministerio de Educación.